Araceli Reymundo, socia nº 31 de ASA, publica este artículo de investigación en el que nos explica los fallos de aplicación de la normativa Europea y el CTE en los edificios de las Islas Canarias. Estas normativas no tienen en cuenta los 26º de diferencia de latitud entre Europa y estas islas y hace que las medidas de eficiencia energética aplicables en Europa no favorecen la eficiencia de los edificios canarios.
1) SOMOS EUROPEOS, POR SUPUESTO… PERO CON MATICES.
El Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado nº 89 (13/04/2013). Según este Real decreto, a partir del 1 de junio de 2013 los propietarios de inmuebles que quieran vender o alquilar una vivienda, deben disponer de un certificado de eficiencia energética, que tiene una vigencia de 10 años.
No cabe duda de que para el consumidor es muy importante tener información sobre la eficiencia energética del edificio que va a habitar, ya que constituirá un aliciente, tanto desde el punto de vista del confort como desde el ahorro energético que conllevará el uso y mantenimiento del mismo. Un edificio más eficiente consume menos energía, emite menos CO2 y por lo tanto es también más sostenible, por lo que se considera que este certificado es una excelente iniciativa…. si se tuviesen en cuenta el sentido común y las particularidades locales de los lugares donde se aplica.
Las exigencias relativas a la certificación energética de edificios establecidas en su día en la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo, se transpusieron en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. De esa misma directiva Europea partieron los conceptos y metodología que se utilizaron para la redacción del CTE (Código Técnico de la Edificación), normativa de obligado cumplimiento para los edificios que se realizan en España desde 2006, que en uno de sus documentos básicos (el HE-1 de ahorro de energía) recoge las exigencias que deben tenerse en cuenta para limitar su demanda energética.
Posteriormente se aprueba otra Directiva, la 2010/31/UE del Parlamento Europeo, circunstancia que ha obligado a transponer de nuevo al ordenamiento jurídico español las modificaciones que introduce con respecto a la Directiva anterior.
Quizá se pregunten ¿por qué en lo que va de desarrollo de este artículo se han venido señalando en cursiva y negrita las palabras que hacen referencia a Europa? Porque la base de esta reflexión es que, en materia de eficiencia energética, afortunadamente Canarias está muy lejos -unos 26º de latitud- de tener que afrontar a base de energía o equipos activos los rigores climáticos europeos. En efecto, la suave oscilación térmica que disfruta el archipiélago y las magníficas posibilidades que tiene de solucionar el confort térmico en el interior de los edificios, simplemente mediante estrategias de diseño, favorecen que se pueda reducir al mínimo, o incluso eliminar las necesidades de consumo energético en climatización. Y este aspecto no se ha tenido en cuenta ni en la elaboración del CTE (DB HE-1) ni en el procedimiento de Certificación Energética.
2) El MABICAN: Manual de Arquitectura Bioclimática para Canarias.
En el año 2011, El Instituto Tecnológico de Canarias publica el libro “Sostenibilidad Energética de la Edificación en Canarias” (www.renovae.org/mabican/, posibilidad de descarga gratuita), cuya segunda parte constituye un Manual de Arquitectura Bioclimática para Canarias (De Luxán García de Diego M. y A. Reymundo, 2011). En él se analizan las 42 localidades más pobladas del archipiélago canario y se comprueba que la gran mayoría de ellas (40 de las 42 estudiadas) tiene un clima tan benigno que tan sólo mediante el adecuado diseño pasivo (o bioclimático) de los edificios se podría lograr el confort térmico sin recurrir a instalaciones de climatización. Esto no ocurre en la mayor parte de la península ibérica ni, por supuesto, en el resto de Europa.
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En este sentido, llama poderosamente la atención la definición que figura en el Real Decreto 235/2013, Capítulo I, Artículo 1 (Objeto, finalidad y definiciones), Apartado 3, letra h) donde se define Edificio como “una construcción techada, con paredes en la que se emplea energía para acondicionar el clima interior”. Evidentemente no es el caso canario y de esta consideración parten muchas de las incongruencias que seguidamente se observarán.
Es lógico que, si se parte de la base de que “no hay más remedio que utilizar energía para climatizar los edificios”, se penalice el hecho de que no se cuente con ella y se bonifique la eficiencia de los equipos activos (calderas, aire acondicionado, biomasa…) que se empleen para la climatización.
Pero desde luego insistimos: no es el caso canario.
3) ASPECTOS DEL CTE QUE NO TIENEN EN CUENTA LAS PARTICULARIDADES CANARIAS Y QUE ES PRECISO ADAPTAR.
3.1.- No se considera la Humedad a la hora de determinar la zonificación climática.
Teniendo en cuenta que uno de los consumos energéticos más importantes de los edificios europeos -y de los edificios canarios que no se han diseñado teniendo en cuenta el clima- corresponde a la climatización, el procedimiento de cálculo de la eficiencia energética -tanto para los edificios nuevos como para los ya construidos- debería tener en cuenta las principales variables que intervienen en la sensación de confort térmico del ser humano: la temperatura y la humedad.
Pues ya empezamos mal: en el Código Técnico de la Edificación o CTE (normativa española en la que se apoya la evaluación de la certificación energética), para establecer la zonificación climática de una localidad -de la que se deducen luego las exigencias para el diseño eficiente – sólo se tienen en cuenta la temperatura y la radiación solar, es decir, no se considera la humedad. Esta simplificación conduce a importantes errores, especialmente graves en climas templados y húmedos como el canario donde las humedades oscilan por lo general entre el 70 y el 95%.
Y es que temperaturas de 25-26ºC en un clima seco como Madrid son llevaderas y sin embargo con humedades altas producen disconfort, por lo que este aspecto debiera tenerse en cuenta en las exigencias de diseño. Tampoco se tienen en cuenta para el establecimiento de la zonificación climática del CTE las notables diferencias que existen en Canarias entre las vertientes norte y sur debidas a la influencia del mar de nubes, que refleja humedades hasta la saturación (100%).
3.2.- Excesiva laxitud en la exigencia de protecciones solares.
Analizando comparativamente las recomendaciones del MABICAN y las del CTE, se observa además que éste no exige la implementación de algunas estrategias claramente necesarias en el clima canario. Por ejemplo es especialmente laxo en cuanto a la exigencia de protecciones solares, no tan necesarias en el norte de Europa. En Canarias, en toda la franja de costa hasta 800 m de altitud (zona A3), que es la más cálida, se permiten diseños de fachadas sur con hasta un 50% de acristalamiento sin ninguna protección solar, lo cual favorece aportes indeseables de radiación solar, especialmente en verano.
3.3.- Exigencias del CTE que van en contra de los diseños bioclimáticos canarios.
En cambio el CTE si exige otras medidas que irían en detrimento de las estrategias de la arquitectura bioclimática en Canarias. Por ejemplo, exige en todos los casos la disposición de aislamiento térmico en la zona de contacto de la edificación con el terreno. Esta estrategia tiene mucho sentido en los climas fríos europeos para que no se produzcan pérdidas energéticas de la calefacción hacia el terreno.
Sin embargo, en las zonas de costa de la vertiente sur de las Islas Canarias (las más pobladas del archipiélago), la severidad climática corresponde básicamente a los meses de verano siendo el invierno muy suave. En este sentido, una de las estrategias bioclimáticas más eficaces es la de favorecer el contacto del edificio con el terreno, para aprovechar su inercia térmica, ya que el terreno mantiene una temperatura anual mucho más estable que la del aire pudiendo contribuir a moderar y estabilizar la temperatura interior del edificio, especialmente durante los meses de verano.
Por tanto, la exigencia del CTE de disponer en todos los casos aislamiento térmico en el contacto de la edificación con el terreno, le impediría beneficiarse de esta estrategia que pudiera contribuir a evitar la necesidad de climatización mediante sistemas activos, reduciendo la demanda energética y la huella de carbono asociada.
4) LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS CANARIOS.
Los procedimientos reconocidos que en la actualidad pueden utilizarse para la evaluación de la eficiencia energética de los edificios canarios contienen estos errores de partida, pero no son los únicos observados.
4.1.-Penalizaciones por no climatizar, de acuerdo con las exigencias del CTE.
A modo de ejemplo, según el diagrama de confort de la localidad de Santa Cruz de Tenerife (MABICAN, 2011) puede diseñarse un edificio con estrategias bioclimáticas que no necesite climatización ni en invierno ni en verano. En cambio según el CTE, si sería necesaria la climatización en verano. Recordemos lo laxo que es el CTE en cuanto a exigencias de protección solar en los huecos de la fachada y la imposibilidad de beneficiarse del contacto con el terreno porque obliga a colocar aislamiento, lo cual favorece los sobrecalentamientos en verano en el interior de la edificación.
Como consecuencia de estas absurdas condiciones de partida- impuestas por un CTE inadaptado al clima canario- en la Certificación de Eficiencia Energética se penaliza que el edificio no disponga de energía para la climatización en verano- sin plantearse si mediante un diseño adecuado pudiera evitarse- y en cambio se premia que se proyecte una climatización que provenga de fuentes renovables y/o eficientes.
No cabe la menor duda de que estas instalaciones –eficientes, renovables- son muy deseables, especialmente en Canarias, y que deben ir sustituyendo a las energías fósiles; pero debe tenerse en cuenta que la fabricación, transporte y mantenimiento de los equipos lleva también asociadas inversiones y emisiones de CO2, por lo que entendemos que, en climatización, debieran entrar en escena sólo cuando las posibilidades de reducir la demanda energética mediante el diseño adaptado al clima estén agotadas. ¿Tendría sentido premiar una instalación de frío solar para reducir las ganancias térmicas producidas por un gran lucernario en la cubierta de un edificio de viviendas sociales? Entendemos que no, máxime si el colectivo que debe mantenerlas tiene recursos limitados.
4.2.- Procedimientos para la mejora de la calificación energética: la biomasa
Una vez obtenida la calificación energética del inmueble, los programas permiten que el técnico sugiera mejoras para la eficiencia energética del edificio. Una de las mejoras que se prevén, mediante la que se puede lograr una calificación muy alta, es la utilización de biomasa para el funcionamiento de las instalaciones. Esto es debido a que la directiva ha considerado que la energía generada a partir de biomasa es una energía renovable y que contribuye a frenar el cambio climático. Así se ha estimado que las emisiones de CO2 que se generan con su combustión son equivalentes a las que la vegetación de la que se extrae consumió durante toda su vida por lo que la huella de carbono asociada a este tipo de combustible se considera cero.
Sin embargo consideramos que esta asignación se ha simplificado en exceso ya que la combustión de biomasa no sólo emite CO2, sino también otras partículas perjudiciales para el medioambiente y que, parte de la biomasa utilizada para la combustión, quizá podría haber seguido secuestrando CO2 de no haber sido utilizada para la generación de energía. Pero además en Canarias deben considerarse dos aspectos importantes: que la alimentación de calderas de biomasa suele hacerse con el material más barato, los pellets, que vienen del continente mediante transporte -que emite CO2 y no se considera- y que la biomasa en Canarias tiene un aprovechamiento mucho más necesario y eficiente como es la contribución a la re-generación y mejora de suelos aptos para la agricultura ecológica, mediante técnicas que se ha demostrado que mejoran la rentabilidad de las cosechas, disminuyendo el riesgo de plagas por lo que reducen también la utilización de pesticidas.
4.3.- Certificación para cada vivienda o para todo el edificio.
Otra de las incongruencias que favorece este procedimiento para la evaluación de la eficiencia energética es la posibilidad de poder evaluar un edificio residencial vivienda a vivienda o evaluar, con la misma calificación, la totalidad del edificio.
Debido a lo benigno del clima, la acertada orientación de la edificación en Canarias supone un alto porcentaje de las posibilidades de lograr el confort durante todo el año, sin recurrir a la climatización artificial. En efecto, debido a las diferencias en el recorrido solar estacional invierno- verano, una vivienda con fachada sur logrará el máximo de aportes solares durante el invierno y el mínimo en verano, es decir, acorde con las necesidades habituales. En cambio una fachada norte no recibirá ninguna insolación durante los meses más fríos. La fachada oeste es la que peor se comporta ya que recibirá mucha radiación solar durante los meses más cálidos al final del día, cuando el edificio ya está recalentado, y recibe los rayos del sol prácticamente horizontales, hasta el fondo de los espacios que contiene.
Sin embargo la certificación energética permite que se haga la evaluación vivienda a vivienda o bien para todo el edificio por lo que, en un edificio que tenga viviendas a todas las orientaciones podrían evaluarse con la misma nota, sea cual sea su orientación. Quizá se haya considerado que en Europa esta determinación no sea tan relevante, pero desde luego en Canarias esta simplificación es un despropósito. Consideraciones como esta hacen que el ciudadano perciba este tipo de certificaciones como una estrategia puramente recaudatoria.
5) CONCLUSIONES
La determinación de la eficiencia energética de los edificios con una metodología rígida para toda Europa pudiera producir errores muy graves. Consideramos más adecuado valorar la eficiencia de los edificios teniendo en cuenta inexcusablemente las posibilidades de disminución de consumo energético mediante la adaptación de los mismos al medio en que se ubican, priorizando los diseños más eficientes, que son también los que menos emisiones producen, menos mantenimiento demandan y menor huella de carbono generan.
Es decir: es mucho más eficiente y sostenible un edificio diseñado con estrategias que eviten la climatización y los equipos activos que uno que necesite climatización, por muy eficiente que sea el sistema que se emplee. Si el edificio se analiza y se mejora su diseño mediante estrategias bioclimáticas, pudiera ser que incluso no necesitara energía para garantizar el confort. Esto hará al edificio menos vulnerable ante posibles cortes de suministro de energía eléctrica, al habitante también menos vulnerable ante previsibles subidas en la tarifa energética al tiempo que hará el edificio más confortable y saludable y con menor huella de carbono.
De igual forma, si se pretende hacer más eficiente un edificio que ya está construido es importante hacer previamente una auditoría energética para ver qué aspectos podrían mejorarse en su diseño antes de introducir equipos activos o proponer cambios en los ya existentes por otros más eficientes.
Por todo lo anteriormente expuesto se estima que la certificación energética, tal cual se aplica en Canarias, pudiera premiar soluciones inadecuadas o innecesarias en nuestro clima (equipos para la climatización) y en cambio no valorar otras estrategias más sostenibles, de consumo energético y emisiones de CO2 nulas, como la climatización por medios pasivos que ofrecen los diseños bioclimáticos. En este sentido pensamos que la eficiencia energética real del edificio no estaría correctamente valorada ni ponderada.
El Gobierno de Canarias debiera tratar de adaptar las directivas europeas en aspectos en los que claramente esta comunidad se diferencia del resto del continente europeo. No es lo mismo trasponer una normativa relacionada con la accesibilidad- limitaciones comunes a todos los habitantes del planeta- que una relacionada con la energía y el confort, aspecto en el que esta comunidad se diferencia y se considera muy afortunada por su benigno clima.
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Mis felicitaciones Araceli por esta magnifico y ponderado artículo, comparto plenamente lo que dices para Canarias que, con matizaciones, puede extenderse a amplias zonas de la costa mediterránea. El problema de nuestra normativa tanto el CTE como la Certificación es que han obviado la posibilidades de los diseños de acciones pasivas y todo lo confían al aislamiento y a la eficiencia de las máquinas, olvidando que más eficiente que consumir menos es no consumir por un buen diseño. Yo hace tiempo que vengo preguntándome si no hay intereses ocultos ¿Cuáles son los intereses de los lobbys de la energía? ¿Cuáles son los intereses de las grandes ingenierías?
Muchas gracias Miguel por tus comentarios. Supongo que el poder en la actualidad está más en las manos ingenieros que de los arquitectos. El CTE DB_HE1 se podría perfectamente adaptar a las particularidades locales y tener en cuenta la eficacia de los diseños pasivos. De hecho hay una directiva
europea que así lo indica: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2010:153:0013:0035:ES:PDF
Pero no se por que unas directivas se aplican sin «traducir» y otras no. Creo que habría que tratar de presionar a quien corresponda para que esta directiva se aplique y aportar un poco de sentido común a todo este despropósito.
Un abrazo.
Efectivamente, Canarias cuenta con peculiaridades no solo climáticas si no también de acceso a los materiales de construcción típicos de la península. Que la certificación energética no contemple estas particularidades no deja de ser la perpetuación de un grave error que viene ya del CTE. Ánimo compañeros! Se por experiencia que la insularidad es difícil.